La cotización del 7%
Por ley, el 7% de la renta imponible va a salud. En isapre ese monto se aplica al precio del plan (UF × valor UF del mes). Con renta de $1.000.000 el 7% es $70.000. Si el plan sale $85.000, pagas $15.000 extra. Si sale menos que tu 7%, la isapre no te “devuelve la diferencia en efectivo” como en el modelo de excedentes anterior: debe usarla en cobertura, según la Ley 21.674 (Ley Corta de Isapres).
El independiente paga el 7% sobre la renta que declara. El tope imponible previsional limita la base de cálculo: no es “el 7% de todo lo que ganas” si superas ese tope. La fiscalización del descuento y de los planes es de Superintendencia de Salud.
Ejemplo numérico
Renta $1.000.000 → 7% = $70.000 al mes. Compara ese número con el precio en pesos del plan (UF × UF del día), no solo con el copago de una consulta.
El plan de salud
Cada plan fija porcentaje de bonificación (a menudo 70–90% en prestador preferente), tope anual, arancel y red. “Preferente” no es lo mismo que red CAEC: una clínica del día a día puede quedar fuera de la red catastrófica. El GES (87 patologías) es obligatorio y tiene copago y prestador propios; no sustituye al plan ni a la CAEC.
Los precios de catálogo que usamos en el comparador salen de archivos de Superintendencia de Salud (miles de códigos de plan). Un plan “barato en UF” puede ser caro en copagos si la red no es la que usas. Por eso el comparador muestra UF y pesos, no solo el ranking de marketing.
Copagos y deducibles
En una consulta de $30.000 con 80% de bonificación, la isapre cubre $24.000 y tú $6.000, hasta el tope del plan. En hospitalización el copago se dispara si el prestador no es el preferente o si se agota el tope. El deducible CAEC es otra cuenta: 30 cotizaciones pactadas, piso 60 UF y techo 126 UF por beneficiario y diagnóstico, según la norma que publica Ministerio de Salud — GES (AUGE).
La CAEC no se activa sola: hay que pedir incorporación a la red cerrada. Urgencia vital (Ley de Urgencia) te estabiliza; no equivale a CAEC al 100% en esa clínica. Si el evento es de alto costo, avisa a la isapre dentro de las 48 horas de práctica normativa.
Excedentes y la Ley Corta
Hasta 2024, si el 7% superaba el precio del plan, la diferencia podía acumularse como excedente (bonos, farmacia). Con la Ley 21.674 (Ley Corta de Isapres) los planes deben ajustarse para usar el 7% en cobertura: no vendas ni compres un plan “para generar excedentes rápidos” como si el régimen anterior siguiera intacto.
Si tu cotización supera el plan, la isapre debe ofrecer beneficios complementarios, no un saldo tipo billetera. Si el plan es más caro que el 7%, pagas adicional. Para el detalle del cálculo y de cada escenario, lee cómo se calcula el 7%; para elegir un plan cercano al 7% usa la guía de optimizar el 7% y el comparador.
Ley 21.674 (Ley Corta de Isapres) · Superintendencia de Salud.